lunes, 25 de octubre de 2010

BOLETÍN

Uno de los propósitos de las creaciones de las Clínicas Jurídicas de Acciones de Interés Público en el Perú, es la capacitación poniendo al alcance documentos que permitan a la ciudadanía fortalecer el Estado Constitucional de Derecho, promoviendo el conocimiento de sus derechos a niveles más accesibles y sencillos, léase en su propia idioma; es así, que se nos presenta el primer boletín, con el siguiente contenido:
-Transparencia y Derecho a la Información: Mecanismos para su ejercicio ciudadano (Johnny Zas Friz Burga)
-Los Límites de la justicia comunal y social (Juan Carlos Callirgos Patroni)
-la importancia del Acceso a la justicia en el marco de las comunidades y regiones (Rudecindo Vega Carreazo)
Estos artículos, como parte del conjunto de actividades llevadas a cabo con motivo del Proyecto “Fortalecimiento de la Sociedad Civil y del Estado de Derecho en el Perú”. Proyecto ejecutado por la Clínica de Jurídica de Acciones de Interés Público de la Pontificia Universidad Católica, con auspicio del Banco Mundial y del Gobierno de Japón.
El primer artículo nos presenta el acceso a la información pública, en una administración tranparente, enseñándonos, por decirlo menos, cuales son los pasos, y elementos que debemos tener en cuenta cuando queremos acceder a está información pública. Somos consientes de que el ejercicio del derecho de acceder a la información pública es una herramienta básica de participación ciudadana en asuntos que nos interesan a todos, que se nos pone a disposición en un Estado Constitucional de Derecho como el nuestro.
La justicia de mano propia, es un problema en un Estado débil como el nuestro y alejado de la población; donde la existencia de una diversidad de culturas y maneras de resolver sus conflictos, son una preocupación constante de el Estado y la ciudadanía en general, es por eso que se puede hacer la pregunta fundada en la realidad de ¿Cuáles son los Límites de la justicia comunal y social? , que nos presenta el segundo artículo. No hay una cultura pura, la cultura es producto de un cambio constante, en la que no se puede hablar que se administra justicia de acuerdo a nuestras tradiciones culturales, nos dice el escritor.
El acceso a la justicia, que nos brinda nuestro Estado, con todas las instituciones que se han ido creando a lo largo de nuestra historia, es lo que nos presenta el tercer artículo.

viernes, 26 de diciembre de 2008

LIMITACIONES AL ACCESO A LA JUSTICIA POR RAZONES DE LENGUA EN REGI�N PUNO

La Administración Pública y la Población de Puno.
La Región Puno, por razones culturales, actualmente cuenta con un sector considerable de la población que mayoritariamente se expresa sólo en idioma materno (quechua o aymará), no así en el castellano o por lo menos no perfectamente. Por su parte los empleados públicos de ésta región, como seguramente ocurre en otras regiones (ya que estamos en un país caracterizado por la multiculturalidad), en su gran mayoría ignoran total o parcialmente dicha idioma. En la relación de este sector de población con los empleados de los poderes públicos se originan serios problemas de comunicación, y ponen a estos ciudadanos una posición de desventaja.

Ausencia de Acceso a la Justicia
En el ámbito de la Administración de Justicia de Puno el problema expuesto se materializa en la ausencia de acceso a la justicia, ya que existe un sector considerable sin tener la posibilidad acceder al conocimiento, ejercicio y defensa de sus derechos y obligaciones. Lo que en un Estado Constitucional, Social y Democrático de Derecho es inaceptable.

La Constitución Política de 1993 exige saber el idioma materno en Puno
En el artículo 2 numeral 19 reconoce, protege y garantiza la diversidad étnica y cultural . Asimismo establece el derecho fundamental de todo peruano a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. Sin embargo a pesar de ello en Puno se vino y se viene vulnerando gravemente tal derecho, puesto que, el Distrito Judicial de Puno, en sus diversos juzgados que tiene, no cuenta con intérpretes que la Constitución exige, a efectos de garantizar el derecho al acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva de todo peruano, asimismo al debido proceso de los justiciables en el desarrollo de un proceso judicial.

Cabe destacar que, en realidad, nuestra Constitución no solo exige la presencia de un intérprete en los poderes públicos, sino también indirectamente exige que sus empleados públicos sepan expresarse, además del castellano, en los idiomas quechua y aymará; de lo contrario el constituyente no habría declarado la multioficialidad de idiomas en el Perú.

Desde ese punto de vista, basado en la Constitución Política de 1993, sostenemos que en Perú, el constituyente ha garantizado plenamente el derecho fundamental de todo peruano a usar su propio idioma; pero este derecho es gravemente afectado por cuanto las autoridades responsables no han implementado con intérpretes en los juzgados del Distrito Judicial de Puno, y, asimismo, tampoco han establecido como uno de los criterios preferentes para seleccionar a los funcionarios jurisdiccionales.

Exigir el Cumplimiento a partir de las Resoluciones Judiciales
Para cambiar esa realidad con el fin de construir una sociedad democrática adecuada al modelo adoptado constitucionalmente del Estado peruano es necesario promover y ejecutar el derecho fundamental antes aludido. En tal sentido es necesario que el Poder Judicial advierta mediante sus resoluciones al Poder Legislativo y Ejecutivo a fin de que estos estudien con la finalidad de regular mediante una Ley la situación expuesta. Decimos esto por que el juez en el Estado Constitucional de Derecho tiene el poder de poderes, ya que éste no solo es el mero aplicador del derecho positivo, sino también puede inaplicar, es más puede crear Derecho si es que es posible de acuerdo a los principios constitucionales y generales de derecho. El problema está en que aun en Perú no tenemos jueces que piensen en ese sentido, salvo algunos.

Acciones previstas de la Clínica Jurídica Puno
En ese sentido, la Clínica Jurídica integrado por los estudiantes de la Facultad de Derecho de UNA Puno, conciente de la realidad social de Puno viene estudiando tanto es así que se ha pedido informaciones documentadas a la Corte Superior de Puno, Colegio de Abogados de Puno y INEI Puno, con la finalidad de conocer si se cuenta o no con intérpretes en quechua y aymará, el grado de dominio en estas idiomas por parte de los abogados y la cantidad de pobladores que pertenecen al sector quechua-aymara hablantes, respectivamente. Actualmente este grupo de estudiantes con un caso concreto. Se trata de la ciudadana quechua hablante e ignorante en idioma castellano Rosa Roque, procedente del distrito de Paucarcolla de la provincia de Puno. Esta tiene problemas con sus vecinos sobre el derecho de propiedad, y que cuando recurrió ante el Ministerio Público, a fin de denunciar los hechos, no fue atendida porque le indicaron que regresara con otra persona que sepa expresarse en castellano. Por otro lado, en los procesos judiciales en trámite, se tiene previsto evaluar expedientes en donde una de las partes se encuentre limitada en su derecho de acceso a la justicia por razón de legua materna; ello a efectos de intervenir ya sea con amicus curiae o recomendación. También se evaluó la posibilidad de elaborar proyecto de Ley.

Acciones Decididas

El 11 de noviembre de 2008 la Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público que conforman un grupo de estudiantes de la Universiodad Nacional del Altiplano en coordinación con el Director Abog. Rafael Vallenas Gaona y bajo las orientaciones de nuestro amigos de la Clínica Jurídica de PUCP - Lima, decidimos formularuna demanda de proceso constitucional de cumplimiento, porque creemos que en Puno los juzgados jurisdiccionales deben estar implementadas con peritos traductores y/o intérpretes. Dicha demanda ya fue admitida por el Tercer Juzgado Mixto de Puno.Ahora sólo esperamos que actúe dentro del contexto de estado constitucional.

miércoles, 24 de diciembre de 2008

El homenaje a Marcial Rubio

DERECHO DE INTERES PUBLICO

La Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público de la Universidad Nacional del Altiplano Puno tiene las funciones y atribuciones generales siguientes:
a) Defensa de asuntos de interés público,
b) Fomento académico respecto a asuntos de interés público en la Región Puno.
c) Capacitar y sensibilizar a operadores jurídicos, líderes de la sociedad civil y público en general en diversos tópicos vinculados a las Acciones de Interés Público como parte de diversas actividades destinadas a disminuir la exclusión de diferentes sectores de la población con respecto al acceso a la justicia
Las sesiones de inducción del método clínico de enseñanza - aprendizaje del derecho, implicaron asumir diversas posibilidades de Casos en Puno, tuvimos valiosa ayuda de consultores como Giovanni Priori en la Foto.

I CONGRESO DE CLINICAS JURIDICAS

Artículo

Artículo
Límites en el Acceso a la Justicia por Razones Lingüísticas
Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público de la Universidad Nacional del Altiplano PUNO

La Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público de la Universidad Nacional del Altiplano viene recopilando, desde hace algunas semanas, información relevante sobre los niveles de acceso a la justicia en su región. Producto de esas informaciones ha elaborado un documento cuyo corolario será la presentación de una acción de interés público que actualmente viene gestionando. El texto que a continuación presentamos es un resumen de lo avanzado hasta la fecha.

La Administración Pública y la Población de Puno

La Región Puno, por razones culturales, actualmente cuenta con un sector considerable de la población que mayoritariamente se expresa sólo en idioma materno (quechua o aymará), no así en el castellano o por lo menos no perfectamente. Por su parte los empleados públicos de ésta región, como seguramente ocurre en otras regiones (ya que estamos en un país caracterizado por la multiculturalidad), en su gran mayoría ignoran total o parcialmente dicho idioma. En la relación de este sector de la población con los empleados de los poderes públicos se originan serios problemas de comunicación, y ponen a estos ciudadanos en una posición de desventaja.

Ausencia de Acceso a la Justicia

En el ámbito de la Administración de Justicia de Puno el problema expuesto se materializa en la ausencia de acceso a la justicia, ya que existe un sector considerable que no cuenta con la posibilidad de acceder al conocimiento, ejercicio y defensa de sus derechos y obligaciones. Lo que en un Estado Constitucional, Social y Democrático de Derecho es inaceptable.

La Constitución Política de 1993 exige saber el idioma materno en Puno

El artículo 2° numeral 19 de la CPP reconoce, protege y garantiza la diversidad étnica y cultural. Asimismo establece el derecho fundamental de todo peruano a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. Sin embargo, en Puno se viene vulnerando gravemente este derecho en la medida que el Distrito Judicial de Puno en sus diversos juzgados no cuenta, hasta el momento, con intérpretes capaces de materializar este derecho.

Cabe destacar que en realidad nuestra Constitución no solo exige la presencia de un intérprete en y ante los poderes públicos, sino que indirectamente exige que sus empleados públicos sepan expresarse, además de en castellano, en los idiomas quechua y aymará. De lo contrario el constituyente no habría declarado la multioficialidad de idiomas en el Perú.

Desde ese punto de vista, basado en la Constitución Política de 1993, sostenemos que en nuestro ordenamiento el constituyente ha garantizado plenamente el derecho fundamental de todo persona a comunicarse en su propio idioma; pero este derecho es gravemente afectado por cuanto las autoridades responsables no han asignado intérpretes a los juzgados del Distrito Judicial de Puno y tampoco han establecido que el conocimiento de idiomas nativos sea uno de los criterios a tomar en cuenta a la hora de seleccionar a los funcionarios jurisdiccionales.

Acciones previstas por la Clínica Jurídica de la Universidad del Altiplano de Puno

En ese sentido, la Clínica Jurídica integrada por los estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno ha pedido información documentada a la Corte Superior, Colegio de Abogados e INEI Puno, con la finalidad de conocer si se cuenta o no con intérpretes en quechua y aymará, el grado de dominio en estos idiomas por parte de los abogados y la cantidad de pobladores que pertenecen al sector quechua-aymara, respectivamente.

Actualmente la Clínica Jurídica de la UNA viene estudiando un caso concreto. Se trata de la ciudadana quechua hablante e ignorante en idioma castellano Rosa Roque, procedente del distrito de Paucarcolla de la provincia de Puno. Su caso es emblemático puesto que además de no poder acceder a las instancias procesales respectivas (dado que no cuenta con la asistencia de un intérprete) ha sido objeto de maltratos por parte de los funcionarios judiciales a cargo de su demanda.
Finalmente, en los procesos judiciales en trámite, se tiene previsto evaluar expedientes en donde una de las partes se encuentre limitada en su derecho de acceso a la justicia por razones lingüísticas; ello a efectos de intervenir ya sea con un amicus curiae o recomendación. También se evalúa la posibilidad de elaborar un proyecto de Ley.

Se refiere a una diversidad de elementos tradicionalmente establecidos en una comunidad indígena, tales como la lengua, religión, etc. Este problema evidentemente no solo se presenta en Puno, sino también en otras regiones del país.


Artículo 2° Toda persona tiene derecho:(…)
Inc. 19: A su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son citados por cualquier autoridad. Entendido como el conjunto de rasgos propios de un sujeto en una colectividad indígena o grupo.

Artículo48° Son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aymará y las demás lenguas aborígenes, según la ley.

http://www.pucp.edu.pe/revista/clinica_juridica/articulo02.html

Noticia

Noticia
Reseña de actividades de la Clínica Jurídica de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno

Por Heber Joel Campos Bernal


Gracias a las gestiones realizadas por la Clínica Jurídica de la Universidad Nacional del Altiplano en los últimos días el Poder Judicial se pronunció sobre el estado de la designación de traductores e intérpretes judiciales en la Región Puno. Mediante Oficio N° 6451-2008-CE-PJ remitido a la Clínica el Consejo Ejecutivo informó que actualmente existe un convenio entre la empresa “Consorcio Traductores e Intérpretes Oficiales” y el Poder Judicial para brindar el servicio de traducción a los distritos judiciales de todo el país. Al mismo tiempo, hizo saber que es potestad de cada Corte Superior solicitar, en caso lo requiera, un número determinado de traductores e intérpretes, los mismos que pasarán a formar parte del Registro de Peritos Judiciales existente en cada Región.

Una vez recibido este oficio, la Clínica de la Universidad del Altiplano preparó una solicitud formal donde pide que la Corte Superior se encargue de solicitar un número apropiado de intérpretes (considerando las necesidades propias de la Región). Para ello la Clínica ha tomado como referencia el informe que la propia Presidenta de la Corte Superior de Puno, Dra. Udelia Butrón, le remitiera a la Clínica donde le informaba que ninguna Corte Provincial tenía entre sus trabajadores a traductores o intérpretes especialistas en los dialectos quechua y aymará.

Esta gestión se complementa con el proceso de cumplimiento que la Clínica se apresta a seguir en el caso “defensores de oficio”, y que al igual que en el de traductores revela una necesidad dramática de la Región Puno. El acceso a la justicia pese a su reconocimiento formal en la Constitución no es tal en esta región del país que por sus índices de pobreza, y de acceso a servicios básicos se constituye en una de las regiones más necesitadas. A partir de la labor que la Clínica esta llevando a cabo se intenta de alguna forma llamar la atención sobre esta problemática, y al mismo tiempo ayudar a combatirla con las armas que ofrece el derecho.

http://www.clinica-juridica.com/boletin05/noticia01.html